¿Cómo llenar el formulario del ISR trimestral? (SAT-1023)

SAT-1023
Declaración Jurada y Recibo de Pago Trimestral del Impuesto Sobre la Renta (ISR)
Descarga el formulario aquí
¿Qué es el formulario SAT 1023?
Es la declaración jurada trimestral y recibo de pago a cuenta del Impuesto Renta que se debe liquidar en la declaración jurada anual.

¿Quiénes deben presentar el formulario SAT 1023?
Los Contribuyentes que eligieron el régimen optativo establecido en el Artículo 72 de la Ley del ISR.

Casilla ¿Cómo llenarlo?
2 En esta casilla debe anotar el Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.
3 Anote en esta casilla el período de imposición del trimestre que declara.
4 Anote en esta casilla los nombres y apellidos completos del contribuyente si es persona individual; razón o denominación social si es persona jurídica o si se trata de los otros entes a los que se refiere el artículo 3 de la Ley del ISR, el nombre o indicación que corresponda.
5 Casilla obligatoria independientemente que opción elija:
Anote en esta casilla el conjunto de ingresos, utilidades y beneficios de toda naturaleza; gravados y exentos, habituales o no, devengados o percibidos acumulados al término del trimestre que declara.
Determinación del Impuesto
 

A. Sobre la base de Cierres Contables Parciales

6 Anote en esta casilla la renta imponible acumulada obtenida al término del trimestre que declara, determinada conforme lo establece el artículo 72 de la Ley del ISR.
7 Anote en esta casilla la pérdida acumulada obtenida al término del que declara.
8 Anote en esta casilla el resultado de aplicar a la renta imponible acumulada reportada en la casilla No. 6, el tipo impositivo del 31%, establecido en el artículo 72 de la Ley del ISR.
9 Anote en esta casilla el impuesto sobre la renta determinado en el trimestre inmediato anterior que corresponda alperíodo de imposición de liquidación anual, por el que realiza los pagos trimestrales.
10 Anote en esta casilla el resultado de restar al valor reportado en la casilla No. 8, el valor reportado en la casilla No. 9, si el resultado es negativo anote cero (0).
 

B. Sobre la base de Renta Imponible Estimada

11 Anote en esta casilla el total de ingresos brutos (sin IVA), con exclusión de las rentas exentas y ganancias de capital, obtenidos durante el trimestre que se declara.
12 Anote en esta casilla el resultado de aplicar a la renta bruta reportada en la casilla No. 11, el 5% para determinar la renta imponible estimada.
13 Anote en esta casilla el resultado de aplicar a la renta imponible estimada reportada en la casilla No. 12, el tipo impositivo del 31% establecido en el Artículo 72 de la Ley del ISR.
 

C. Sobre la base del Impuesto anual anterior

  Esta opción sólo puede elegirse si ha determinado impuesto en la declaración de liquidación definitiva anual anterior. En el caso de períodos menores de un año se procederá de conformidad con el articulo 61 literal c) de la Ley del ISR.
14 Anote en esta casilla el impuesto determinado en la liquidación definitiva del período inmediato anterior.
15 Anote en esta casilla el resultado de dividir entre cuatro (4) el valor determinado en la casilla No. 14.
Determinación del valor neto a pagar
16 Anote en esta casilla el resultado reportado en las casillas números 10, 13 ó 15, según la forma de cálculo de pago trimestral que haya elegido.
17 Exclusivamente en los años 2004 y 2005, podrá anotar en esta casilla el saldo no acreditado del IEMA, pagado en los años 2003 y 2004, respectivamente.
18 Anote en esta casilla el IETAAP, efectivamente pagado en el año calendario inmediato anterior, conforme los plazos del artículo 10 del Decreto No.19-04 del Congreso de la República.
19 Anote en esta casilla el número de resolución de la SAT que le fue notificada legalmente, por medio de la cual se te autoriza compensar el impuesto consignado en la casilla No. 16.
20 Anote en esta casilla la cantidad que la SAT, autorizó a compensar conforme resolución notificada al contribuyente. Dicha cantidad no puede exceder del valor consignado en la casilla No. 16.
21 Anote en esta casilla el resultado de restar a la casilla No. 16 las casillas números 17,18 y 20. La sumatoria de las casillas números 17, 18 y 20 no puede ser mayor que el impuesto determinado en la casilla No. 16.
22 Esta casilla únicamente se debe llenar en caso de rectificación consignando en la misma, el número completo del formulario (código y número, Ej. 102312345678) que fue presentado ante la Administración Tributaria originalmente.
23 Anote en esta casilla el valor del impuesto pagado en la declaración que se rectifica.
24 Anote en esta casilla la diferencia entre el valor determinado en la casilla No. 21 y el valor anotado en la casilla No. 23, constituyendo el impuesto a pagar. Si el resultado es negativo anote cero (0).
25-27 Para llenar estas casillas, puede utilizar la opción de autoliquidación disponible en el portal de la SAT (www.sat.gob.gt), y consignar el resultado de los valores obtenidos en función de la fecha de pago, o bien, presentarse a cualquier oficina o agencia tributaria de la SAT, para que le efectúen el cálculo de las multas, intereses y mora.
28 Anote en esta casilla la sumatoria de las casillas de la No. 24 a la No. 27. Si no existe valor a pagar anote cero (0).

Fuente: Superintendencia de Administración Tributaria SAT
http://portal.sat.gob.gt/ct/portal

NOTA: Este artículo sólo puede ser utilizado para fines ilustrativos y no sustituye la consulta de leyes y reglamentos correspondientes