Es el que la ley requiere presenten los contribuyentes del Régimen
General del Impuesto, tanto para declarar sus rentas como para hacer
efectivo el pago mensual correspondiente.
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Casilla |
¿Cómo llenarlo? |
| 2 |
En este espacio debe consignarse el Número de Identificación
Tributaria (NIT) del contribuyente. |
| 3 |
Anote en esta casilla el período mensual al cual corresponda
el total de ingresos por el que se declara. |
| 4 |
Se debe anotar en esta casilla los apellidos y nombres
completos del contribuyente si es persona individual; su razón o
denominación social si es persona jurídica o si se trata de
otros entes a los que se refiere el artículo 3 de la Ley del ISR. |
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Base Imponible |
| 5 |
En esta casilla se debe anotar el total de ingresos
obtenidos por el contribuyente durante el mes calendario que
declara, restando las rentas exentas obtenidas en dicho período
por los conceptos contemplados en los artículos 6 de la ley del
ISR y 10 de la Ley de Impuesto sobre Productos Financieros. |
| 6 |
En esta casilla se debe consignar el total de ingresos
obtenidos por el contribuyente durante el mes calendario por el
que declara, que fueron objeto de retención del 5% definitiva,
conforme los artículos 44 y 44 "A". |
| 7 |
Esta casilla es el resultado de la diferencia entre las
casillas 5 y 6, constituyendo dicho resultado el monto sobre el
que debe aplicarse la tarifa del 5%. |
| 8 |
Tarifa establecida en los artículos 44 y 44 "A" de la Ley
del ISR. |
| 9 |
En esta casilla se debe anotar el resultado obtenido de
aplicar el valor determinado en la casilla 7 (renta imponible),
la tarifa del 5% contenida en la casilla 8. |
| 10 |
Exclusivamente en los años 2004 y 2005, podrá anotar en esta
casilla el saldo no compensado del IEMA pagado en los años 2003
y 2004, respectivamente. |
| 11 |
Corresponde al valor determinado en la casilla 9 menos el
valor determinado en la casilla 10. |
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Determinación de Ganancias o Pérdida de Capital |
| 12 |
Se debe anotar el total de ingresos resultantes de la
transferencia, cesión, compraventa u otra forma de negociación
de bienes o derechos, realizada por los contribuyentes, cuyo
giro habitual no sea comercializar con dichos bienes o derechos
en el período mensual que declara. |
| 13 |
Se debe anotar el valor por el cual fue
adquirido (costo original) el bien o derecho objeto de la
transferencia, cesión o compraventa. |
| 14 |
Se debe anotar el valor de las depreciaciones y
amortizaciones acumuladas correspondientes a la fecha de la
transaccclón, según el caso. |
| 15 |
Esta casilla es el resultado de la diferencia entre las
casillas 13 y 14. |
| 16 |
Se debe anotar el total de los gastos incurridos por el
contribuyente en le transacción, tales como comisiones de compra
y venta, gastos notariales y d6 registro; observando para el
efecto que como máximo dicho valor no puede exceder del
equivalente al 15% del valor de la enajenación |
| 17 |
Se debe llenar esta casilla , si al restar del valor anotado
en la casilla 12, los valores anotados en las casillas 15 y 16
el resultado es positivo. |
| 18 |
Se debe llenar esta casilla , si al restar del valor anotado
en la casilla 12, los valores anotados en las casillas 15 y 16
el resultado es negativo. (Anote valor absoluto, es decir, sin
signo negativo o paréntesis). |
| 19 |
Saldo de pérdidas de capital de períodos anteriores: Se debe
anotar el monte de las pérdidas de capital que no hayan sido
compensadas con ganancias de capital de períodos anteriores
hasta por un plazo máximo de cinco años, contados a partir del
período mensual en que se produjo la pérdida. Casilla 21 de la
declaración del período anterior. (Anote valor absoluto, es
decir, sin signe negativo o paréntesis). |
| 20 |
Saldo de ganancias de capital: Si el resultado de operar el
valor anotado en la casilla 17 menos el valor anotado en la
casilla 19, es positivo. |
| 21 |
Pérdida de capital para el siguiente período: Si el
resultado de operar el valor anotado en la casilla 17 menos el
valor anotado en la casilla 19, es negativo. En su caso, se debe
anotar el resultado de sumar al valor anotado en la casilla 18,
el valor anotado en la casilla 19. (Anote valor absoluto, es
decir, sin signo negativo o paréntesis). |
| 22 |
Impuesto sobre ganancias de capital: Es el resultado de
aplicar la tarifa del 10% al valor determinado en la casilla 20. |
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Determinación del Impuesto a Pagar |
| 23 |
Se debe anotar la sumatoria de los valores determinados en
las casllas 11 y 22. |
| 24 |
Se debe consignar obligatoriamente el número de resolución
emitida y notificada legalmente, a través de la cual, la SAT
autorizó la compensación de impuestos. |
| 25 |
Se debe consignar el monto del acredltamiento autorizado
según resolución emitida y notificada por la SAT. En caso de ser
mayor que el Impuesto a pagar, únicamente se debe anotar el
valor a compensar. |
| 26 |
Impuesto a pagar: Es la diferencia del valor determinado en
la casilla 23 menos el valor anotado en la casilla 25. |
| 27 |
Esta casilla únicamente se debe llenar en el caso de
rectificación, consignando en la misma el número completo del
formulario (código, versión y número, Ej. 104412345678) que fue
presentado ante la Administración Tributaria originalmente. |
| 28 |
En esta casilla se debe consignar el valor del impuesto
pagado en la declaración presentada originalmente. |
| 29 |
En esta casilla se debe anotar la diferencia entre el valor
determinado en la casilla 26 y el valor anotado en la casilla
28, constituyendo el impuesto a pagar. Si el resultado es
negativo anotar cero (0). |
| 30 - 32 |
Para llenar estas casillas, el declarante se debe presentar
a cualquier oficina tributaria de la SAT, para que le efectúen
el cálculo de las multas, intereses y mora, o bien, utilizar la
opción de autoliquidación disponible en el portal de SAT (www.sat.gob.gt)
a la fecha de pago, y consignar en estas casillas el resultado
de los valores obtenidos. |
| 33 |
Corresponde a la sumatoria de las casillas de la 29 a la 32.
Si no existe valor a pagar anotar cero (0). |