¿Cómo llenar el formulario del ISR Anual Régimen General? (SAT-1181)

SAT-1181
Declaración Jurada Anual y Recibo de Pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR)
Descarga el formulario aquí
¿Quienes deben presentar esta Declaración Jurada Anual?
Las personas jurídicas y las individuales, domiciliadas en Guatemala, así como los otros patrimonios afectos y entes que desarrollan actividades mercantiles y no mercantiles, con inclusión de las agropecuarias que se encuentren inscritos en el régimen general de los artículos 44 y 44 "A" de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y sus reformas.

Instrucciones Generales
1. Llenar el formulario con máquina de escribir o a mano con letra de molde; sin tachaduras, enmiendas o similares.
2. Adjuntar copias de las constancias de retención recibidas y recibos de pago efectuados durante el período que declara (SAT-1063 ó 1068, SAT-1043 ó 1046 y SAT-1044 ó 1045, respectivamente).
3. Las cantidades que se reporten en dicha declaración, deberán ser enteras, aproximándose a la unidad monetaria inmediata superior cuando la fracción sea mayor de cincuenta centavos.
 

Casilla ¿Cómo llenarlo?
Identificación del Contribuyente

De conformidad con el artículo 120 del Código Tributario los contribuyentes deben actualizar sus datos de inscripción mediante este formulario, por lo que las casillas de la No.2 a la No. 16 son de llenado obligatorio.

2 Se debe anotar el Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente que declara.
3 Se debe anotar el período de imposición anual correspondiente.
4 Se deben anotar los apellidos y nombres completos del contribuyente cuando se trate de una persona individual, y Razón o Denominación Social cuando se trate de personas jurídicas o si se trata de otros entes a los que se refiere el artículo 3 de la Ley del ISR.
5-15 Se debe anotar la dirección exacta del contribuyente.
16 Se debe anotar el código de la actividad económica principal. En caso que desarrolle mas de una actividad económica, deberá anotar aquella que le reporto la mayor cantidad de ingresos del período de imposición que está declarando. Consulte la tabla de códigos correspondientes en Internet (www.sat.gob.gt), en Oficinas o Agencias Tributarias de la SAT.
Información Financiera
17-30 Los datos a consignar aca se obtienen del Balance General y del Estado de Resultados a la fecha de cierre del período de imposición, siendo el llenado de estas casillas de carácter obligatorio. A excepción de las personas que no están obligadas legalmente a llevar contabilidad completa, quienes solo deberán de llenar las casillas No 29 y No. 30, cuando corresponda.
Detalle de la Declaración

Las casillas de la columna MERCANTILES las deberán llenar las personas individuales o jurídicas constituidas al amparo del Código de Comercio, domiciliadas en Guatemala, así como los otros entes o patrimonios afectos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 3 de la ley del ISR, que desarrollan actividades mercantiles, con inclusión de las agropecuarias.
Las casillas de la columna NO MERCANTILES las deberán llenar las personas individuales que presten servicios profesionales, técnicos o de naturaleza no mercantil o servicios de arrendamiento y los que obtengan ingresos por concepto de dietas así como las personas jurídicas no mercantiles domiciliadas en el pais que presten servicios técnicos o de naturaleza no mercantil o servicios de arrendamiento.

31 y 42 Se debe anotar el monto total de ingresos por concepto de venta de bienes realizadas por el contribuyente dentro del territorio nacional.
32 y 43 Se debe anotar el monto total de ingresos por concepto de servicios prestados por el contribuyente dentro del territorio nacional.
33 y 44 Se debe anotar el monto total de ingresos por concepto de venta de bienes muebles nacionales o nacionalizados por el contribuyente, cumplidos todos los trámites legales de exportación.
 
34 y 45 Se debe anotar el monto total de ingresos por concepto de prestación de servicios realizados por el contribuyente, a usuarios que no tienen domicilio ni residencia en el país y que estén destinados exclusivamente a ser utilizados en el exterior.
35 y 46 Se debe anotar el monto total de ingresos percibidos por concepto de intereses de cualquier naturaleza y rendimientos financieros obtenidos por el contribuyente.
36 y 47 Se debe anotar el monto total de ingresos percibidos por el contribuyente en concepto de dietas.
37 y 48 Se debe anotar el monto total de ingresos percibidos por el contribuyente en concepto de arrendamientos.
49 Se debe anotar el monto total de ingresos obtenidos por el contribuyente en concepto de servicios profesionales prestados en forma independiente.
38 y 50 Se debe anotar el monto total de ingresos recibidos por el contribuyente en concepto de donaciones.
51 Se debe anotar el monto total de ingresos percibidos por el contribuyente en concepto de cuotas ordinarias y extraordinarias de sus integrantes o asociados.
39 y 52 Se debe anotar el monto total de ingresos obtenidos por el contribuyente por conceptos que no figuran en las casillas anteriores.
40 y 53 Se debe anotar el monto total de las Rentas Exentas que previamente se hubieran incluido dentro de los ingresos consignados en las casillas números 31 a la 39, para el caso de la casilla 40; los valores consignados en las casillas números 42 a la 52, para el caso de la casilla 53.
41 Se debe anotar el resultado de la sumatoria de los valores de las casillas números 31 a la 39 menos el valor de la casilla No. 40.
54 Se debe anotar el resultado de la sumatoria de los valores de las casillas números 42 a la 52 menos el valor de la casilla No. 53.
Determinación del Impuesto
55 Se debe anotar el resultado de multiplicar sobre la base imponible determinada en las casillas números 41 y 54, según corresponda, la tarifa del 5% que establecen los artículos 44 y 44 "A" respectivamente.
56 Se debe anotar la sumatoria de los pagos directos mensuales efectuados por el contribuyente de los Ingresos que no fueron objeto de retención durante el período de imposición que declara.
57 Se debe anotar la sumatoria de las retenciones efectuadas al contribuyente por los ingresos obtenidos durante el periodo de imposición que declara.
58 Se debe anotar el resultado de la sumatoria de los valores consignados en las casillas números 56 y 57.
59 Se debe anotar el resultado de la diferencia de los valores de las casillas números 55 y 58, únicamente cuando dicho resultado sea positivo, de lo contrario anotará 0.
60 Se debe anotar el resultado de la diferencia de los valores de las casillas números 57 y 60, únicamente cuando dicho resultado sea negativo (anote valores absolutos, no utilice signos), de lo contrario anotará 0.
Exclusivamente en el caso de ser rectificación
61 Se debe anotar el número completo del formulario, ejemplo: 1181245569, que presentó oportunamente ante la Administración Tributaria.
62 Para llenar esta casilla, consulte la opción de autoliquidación disponible en el portal de Internet de la SAT, www.sat.gob.gt o puede presentarse a cualquier oficina o agencia tributaria de la SAT, en donde le efectuarán el cálculo de la multa correspondiente.
63 Se debe anotar el valor consignado en la casilla No. 62.

Fuente: Superintendencia de Administración Tributaria SAT
http://portal.sat.gob.gt/ct/portal

NOTA: Este artículo sólo puede ser utilizado para fines ilustrativos y no sustituye la consulta de leyes y reglamentos correspondientes